Seguro para hortalizas bajo cubierta y explotaciones de hortalizas bajo cubierta | Green Seguros
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Seguros para hortalizas bajo cubiertas

Con nuestros seguros para hortalizas bajo cubierta, podrá asegurar, de manera íntegra, sus explotaciones de acelga, ajo, apio, batata, berenjena, entre otras.

Seguro para hortalizas bajo cubierta y explotaciones de hortalizas bajo cubierta en Península y C.A. Islas Baleares

¿En qué consiste este tipo de seguro?

En el pago de una indemnización, dentro de los límites establecidos en el contrato y en la normativa de aplicación, por los daños objeto de cobertura sufridos en las producciones de hortalizas cultivadas en invernadero (se admite parte del ciclo al aire libre, siempre que se instale la cubierta antes del 31 de octubre), así como sus instalaciones.

¿Qué cultivos puedo asegurar?

Acelga, ajo, apio, batata, berenjena, berro, borraja, baby leaf, calabacín, calabaza, cebolla, cebolleta, col, coliflor, espinaca, judía verde, lechuga, melón, patata, pepino, pimiento, puerro, rábano, sandía, tomate, tomate área I, achicoria, escarola y resto de hortalizas.

¿Qué se asegura?

Los daños a la producción e instalaciones ocasionados por los riesgos especificados a continuación en función del cultivo y del módulo de aseguramiento elegido:

  • Módulo 1:
    • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y nieve.
    • Resto de adversidades climáticas.
  • Módulo 2 y 3:
    • Helada (contratación opcional).
    • Virosis (contratación opcional).
    • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y nieve. − Resto de adversidades climáticas.
  • Módulo P:
    • Helada (contratación opcional).
    • Virosis (contratación opcional).
    • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y viento.
  • Suma asegurada: Se calcula en base a la producción o unidades declaradas por el asegurado en la póliza y el precio fijado por el asegurado dentro de los límites establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

¿Qué riesgos y daños me cubre?

En producción, e instalaciones cubre los daños ocasionados por los riesgos de helada, virosis, pedrisco, viento, riesgos excepcionales* y resto de adversidades climáticas (eventos climáticos no descritos anteriormente, caídas, fisiopatías, podredumbres en frutos…).

(*) Fauna silvestre, incendio, nieve, inundación-lluvia torrencial y lluvia persistente.

¿Qué subvención tiene este seguro?:

La subvención que concede el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de ENESA para este seguro puede llegar hasta: 

Consulte con su mediador la subvención que le corresponde en función del módulo que escoja y de las características de su explotación; así como la subvención que pueda conceder su Comunidad Autónoma.

¿Qué bonificación tiene este seguro?

El sistema de bonificaciones de GREEN SEGUROS se establece en función de los resultados de los asegurados, pudiendo obtener hasta un 25% de bonificación sobre la prima del seguro.

¿Qué no está asegurado?

  • Daños ocasionados por plagas y/o enfermedades. (salvo enfermedades en los cultivos con cobertura).
  • Daños ocasionados por sequía.
  • Retraso vegetativo.
  • Falta de cuajado (salvo riesgo de resto adversidades climáticas para tomate del área I).

¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?

  • Mínimo indemnizable: Para cada riesgo, cultivo y módulo se aplicará un umbral mínimo de daños, entre el 6% y el 30%, por debajo del cual los daños no estarán cubiertos.
  • Franquicias: Para cada riesgo, cultivo y módulo se aplicarán franquicias de daños o absolutas, entre el 10% y el 20%. Estas franquicias se aplicarán de forma independiente para cada parcela o de forma conjunta para el total de la explotación, según riesgo y módulo.

¿Dónde estoy cubierto?

En todo el territorio nacional, excepto en la Comunidad Autónoma de Canarias.

¿Cuáles son mis obligaciones?

  • Asegurar todos los bienes asegurables que posea en su explotación dentro del ámbito de aplicación.
  • Indicar en la declaración de seguro la identificación SIGPAC de cada parcela, reflejando además la superficie real cultivada y la fecha de siembra o trasplante.
  • Asegurar en cada parcela una producción esperada acorde con las producciones realmente obtenidas en años anteriores.
  • Pagar la prima en tiempo y forma.
  • Cumplir las condiciones técnicas mínimas de cultivo, según lo establecido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y velar en todo caso por el buen estado del objeto asegurado.
  • Comunicar el siniestro dentro del plazo de 7 días, contados a partir de la fecha en que fue conocido, debiéndose efectuar tantas comunicaciones como siniestros ocurran.
  • Comunicar en un plazo de 48 horas desde que se originen, los daños en estructura y cerramiento, siempre que supongan un agravamiento del riesgo.
  • Permitir a GREEN SEGUROS y a los peritos que designe, la inspección de los bienes asegurados, facilitando la identificación y entrada en las parcelas aseguradas.
  • Si llegado el momento fijado para la recolección no se hubiera realizado la peritación o no se hubiera llegado a un acuerdo en ésta, se dejarán muestras testigo.

¿Cuándo y cómo tengo que efectuarlos pagos?

El pago de la prima debe hacerse al suscribir la declaración de seguro, dentro de los plazos establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El pago de la prima podrá realizarse:

  • Al contado (de una sola vez).
  • De forma fraccionada, para lo cual será necesario el correspondiente aval afianzado de SAECA.

¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

  • Inicio:
    • Para la producción: La cobertura comienza una vez ha entrado en vigor el seguro (a las cero horas del día siguiente del pago de la prima) y siempre que haya transcurrido el periodo de carencia (si fuese de aplicación) y se hayan alcanzado las fechas o estados fenológicos previstos para cada riesgo.
    • Para las instalaciones: La cobertura comienza una vez ha entrado en vigor el seguro y siempre que haya transcurrido el periodo de carencia (si fuese de aplicación).
  • Fin:
    • Para la producción: La cobertura finaliza en la fecha más temprana de las siguientes: recolección, momento en el que se sobrepase la madurez comercial, fechas y estados fenológicos previstos para cada riesgo.
    • Para las instalaciones: La cobertura finaliza a los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.

¿Cómo puedo rescindir el contrato?

 Al ser un contrato de duración anual, no será posible su rescisión.

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