Seguro para frutos secos y para explotaciones de frutos secos | Green Seguros
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Seguros para frutos secos

Con nuestros seguros para frutos secos, cubrimos sus plantaciones de almendros, avellanos, algarrobos, nogales y pistachos, de diversos problemas. Consulte ya.

Seguro para frutos secos y para explotaciones de frutos secos

A través de tres módulos, este seguro cubre los daños por pedrisco y otros riesgos climáticos no controlables por el agricultor.

– Permite domiciliar el abono de los siniestros, así como el pago y las regularizaciones de la prima.

¿En qué consiste este tipo de seguro?

En el pago de una indemnización, dentro de los límites establecidos en el contrato y en la normativa de aplicación, por los daños objeto de cobertura sufridos en las producciones de avellano, almendro, algarrobo, pistacho, nogal y pacano, así como sus plantaciones e instalaciones.

Línea para frutos secos: Almendro

¿Qué cultivos puedo asegurar?

Producciones de algarrobo, almendro, avellano, nogal, pacano y pistacho.

¿Qué se asegura?

Los daños a la producción, plantación e instalaciones ocasionados por los riesgos especificados a continuación en función del módulo de aseguramiento elegido:

  • Módulo 1 y 2:
    • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y viento huracanado.
    • Resto de adversidades climáticas.
  • Módulo P:
    • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y viento huracanado.
  • Suma asegurada: Se calcula en base a la producción o unidades declaradas por el asegurado en la póliza y el precio fijado por el asegurado dentro de los límites establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

¿Qué riesgos y daños me cubre?

En producción cubre los riesgos de pedrisco, riesgos excepcionales (*) y resto de adversidades climáticas.

En plantaciones cubre, por los riesgos cubiertos en producción:

– Para el almendro, la muerte del árbol y las pérdidas ocasionadas por daños en la estructura de sostén y productiva, aunque no se produzca la muerte del árbol.

– Para el resto de cultivos, la muerte del árbol y la pérdida de la cosecha del año siguiente por daños en madera estructural y productiva de los árboles.

En instalaciones cubre cualquier riesgo climático no controlable por el agricultor.

(*) Fauna silvestre, incendio, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente y viento huracanado.

¿Qué subvención tiene este seguro?:

La subvención que concede el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de ENESA para este seguro puede llegar hasta: 

Consulte con su mediador la subvención que le corresponde en función del módulo que escoja y de las características de su explotación; así como la subvención que pueda conceder su Comunidad Autónoma.

¿Qué bonificación tiene este seguro? El sistema de bonificaciones de GREEN SEGUROS se establece en función de los resultados de los asegurados, pudiendo obtener hasta un 10% de bonificación sobre la prima del seguro para los módulos 1 y 2. 

¿Qué no está asegurado?

  • Daños ocasionados por plagas y/o enfermedades.
  • Daños ocasionados por sequía, helada, mala polinización, cuajado imperfecto debido a desequilibrios térmicos, lluvias continuas en floración, calmas de aire continuadas y rocíos, para los cultivos distintos del almendro.

¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?

  • Cobertura: En los Módulos 1 y 2, para el cultivo del almendro y determinados riesgos, el garantizado podrá elegirse entre el 50% y el 70% del valor de la producción declarada por el asegurado.
  • Mínimo indemnizable: Para cada riesgo, ámbito, cultivo y módulo se aplicará un umbral mínimo de daños, hasta el 30%, por debajo del cual los daños no estarán cubiertos.
  • Franquicias: Para cada riesgo, ámbito, cultivo y módulo se aplicarán franquicias, de daños o absolutas, entre el 10% y el 30%. Estas franquicias se aplicarán de forma independiente para cada parcela o de forma conjunta para el total de la explotación, según riesgo y módulo.

¿Dónde estoy cubierto?

En todo el territorio nacional.

¿Cuáles son mis obligaciones?

  • Asegurar todos los bienes asegurables que posea en su explotación dentro del ámbito de aplicación, debiendo estar en concordancia con aquellos declarados a su nombre en la Solicitud Única de Ayudas de la Unión Europea.
  • Indicar en la declaración de seguro la identificación SIGPAC de cada parcela, reflejando además la superficie real cultivada, el número de árboles y su edad.
  • Asegurar en cada parcela una producción esperada acorde con las producciones realmente obtenidas en años anteriores.
  • Pagar la prima en tiempo y forma.
  • Cumplir las condiciones técnicas mínimas de cultivo, según lo establecido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y velar en todo caso por el buen estado del objeto asegurado.
  • Comunicar el siniestro dentro del plazo de 7 días, contados a partir de la fecha en que fue conocido, debiéndose efectuar tantas comunicaciones como siniestros ocurran.
  • Permitir a GREEN SEGUROS y a los peritos que designe, la inspección de los bienes asegurados, facilitando la identificación y entrada en las parcelas aseguradas.
  • Si llegado el momento fijado para la recolección no se hubiera realizado la peritación o no se hubiera llegado a un acuerdo en ésta, se dejarán muestras testigo.

¿Cuándo y cómo tengo que efectuarlos pagos?

El pago de la prima debe hacerse al suscribir la declaración de seguro, dentro de los plazos establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. El pago de la prima podrá realizarse:

  • Al contado (de una sola vez).
  • De forma fraccionada, para lo cual será necesario el correspondiente aval afianzado de SAECA.

¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

  • Inicio:
  • Para la producción: La cobertura comienza una vez ha entrado en vigor el seguro y siempre que haya transcurrido el periodo de carencia (si fuese de aplicación) y se hayan alcanzado las fechas o estados fenológicos previstos para cada riesgo.
  • Para la plantación y las instalaciones: La cobertura comienza una vez ha entrado en vigor el seguro y siempre que haya transcurrido el periodo de carencia (si fuese de aplicación).
  • Fin:
  • Para la producción: La cobertura finaliza en la fecha más temprana de las siguientes: recolección, momento en el que se sobrepase la madurez comercial, fechas y estados fenológicos previstos para cada riesgo.
  • Para la plantación y las instalaciones: La cobertura finaliza a los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.

¿Cómo puedo rescindir el contrato?

Al ser un contrato de duración anual, no será posible su rescisión.

 

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